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En el dia de hoy (24 de abril) realice una llamada a cablevision para pedir la baja del servicio, debido a que ha aumentado mucho y cada mes anda peor. Luego de hablar con un operador y explicarle mis motivos, me transfieren a otro operador, le vuelvo a expresar mi decisión de dar de baja y lo único que me dijo es que la factura de mayo ya estaba emitida y que solo me podrían dar de baja el servicio recien el 30 del proximo mes, osea el 30 de mayo.
esto que me dijeron viola el articulo 10 ter de la ley [números]: "modos de rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación. La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario"
entiendo que el problema de facturación de cablevision lo deberían resolver mediante una nota de crédito.
ya me comunique vía llamada y vía Facebook donde aun no he recibido una respuesta.
espero me puedan solucionar el inconveniente para no tener que exigir mis derechos en defensa del consumidor.
En el dia de hoy (24 de abril) realice una llamada a cablevision para pedir la baja del servicio, debido a que ha aumentado mucho y cada mes anda peor. Luego de hablar con un operador y explicarle mis motivos, me transfieren a otro operador, le vuelvo a expresar mi decisión de dar de baja y lo único que me dijo es que la factura de mayo ya estaba emitida y que solo me podrían dar de baja el servicio recien el 30 del proximo mes, osea el 30 de mayo.
esto que me dijeron viola el articulo 10 ter de la ley [números]: "modos de rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación. La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario"
entiendo que el problema de facturación de cablevision lo deberían resolver mediante una nota de crédito.
ya me comunique vía llamada y vía Facebook donde aun no he recibido una respuesta.
espero me puedan solucionar el inconveniente para no tener que exigir mis derechos en defensa del consumidor.
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