Tarjeta Naranja X

Saldar deuda

Buenas noches.

desde el año [números] que tengo una deuda con tarjeta naranja porque perdí mi trabajo, lo que provocó el incumplimiento de mis obligaciones para con ellos.

a la fecha figuro en situación 5 en Veraz y otras bases de datos cuando por ley no corresponde que así sea.

textualmente el art. 53. De la ley de tarjetas de crédito dice: -prohibición de informar. Las entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancarias o crediticias tienen prohibido informar a las "bases de datos de antecedentes financieros personales" sobre los titulares y beneficiarios de extensiones de tarjetas de crédito u opciones cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación, ello sin perjuicio de la obligación de informar lo que correspondiere al banco central de la república argentina. Las entidades informantes serán solidaria e ilimitadamente responsables por los daños y perjuicios ocasionados a los beneficiarios de las extensiones u opciones de tarjetas de crédito por las consecuencias de la información provista. La ley establece la prohibición de informar sobre todo deudor por tarjeta de crédito, y la violación a la norma tanto de parte del banco acreedor que informa, como el banco central y el veraz que retransmiten, son conductas ilegales que hacen civil y penalmente responsables a quienes incurran en tales violaciones de secretos.

es menester recalcar que la deuda se encuentra prescripta.

es por esa razón, les solicito me comuniquen la última clasificación asignada a las bases de riesgo crediticio, los fundamentos que la justifican según la evaluación realizada y las clasificaciones que surjan de la última información disponible.

aguardo su pronta respuesta.

saludos cordiales.
martínez mónica

Buenas noches.

desde el año [números] que tengo una deuda con tarjeta naranja porque perdí mi trabajo, lo que provocó el incumplimiento de mis obligaciones para con ellos.

a la fecha figuro en situación 5 en Veraz y otras bases de datos cuando por ley no corresponde que así sea.

textualmente el art. 53. De la ley de tarjetas de crédito dice: -prohibición de informar. Las entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancarias o crediticias tienen prohibido informar a las "bases de datos de antecedentes financieros personales" sobre los titulares y beneficiarios de extensiones de tarjetas de crédito u opciones cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación, ello sin perjuicio de la obligación de informar lo que correspondiere al banco central de la república argentina. Las entidades informantes serán solidaria e ilimitadamente responsables por los daños y perjuicios ocasionados a los beneficiarios de las extensiones u opciones de tarjetas de crédito por las consecuencias de la información provista. La ley establece la prohibición de informar sobre todo deudor por tarjeta de crédito, y la violación a la norma tanto de parte del banco acreedor que informa, como el banco central y el veraz que retransmiten, son conductas ilegales que hacen civil y penalmente responsables a quienes incurran en tales violaciones de secretos.

es menester recalcar que la deuda se encuentra prescripta.

es por esa razón, les solicito me comuniquen la última clasificación asignada a las bases de riesgo crediticio, los fundamentos que la justifican según la evaluación realizada y las clasificaciones que surjan de la última información disponible.

aguardo su pronta respuesta.

saludos cordiales.
martínez mónica

Tarjeta Naranja X Representante de Tarjeta Naranja X 

Hola Mónica!

Ya comenzamos a gestionar tu reclamo. En los próximos días recibirás la resolución en tu casilla de correo.
Gracias por plantearnos tu situación.

Saludos!

22 de Febrero a las 14:56 hs.
Tarjeta Naranja X Representante de Tarjeta Naranja X 

- La empresa realizó un comentario -

28 de Febrero a las 13:32 hs.
Mónica M  solución recibida: 

Excelente.por parte de tuquejasuma.

09 de Marzo a las 11:45 hs.

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