Personal

Se deje sin efecto la factura por $ 181,28, se expida factura anterior

Efectué el reclamo contra la empresa personal en defensa del consumidor nº144464 porque me habían cobrado una factura vencida (me cobraban aparatos bonificados porque me fui de la empresa, también habia hecho el reclamo), y no me emitiron nueva factura, por lo tanto no puedo saber que interés me aplicaron. Ahora me llega una nueva factura porque según me explicaron telefónicamente "se olvidaron de cobrarme el iva". Ante esto dejé sentado en personal el reclamo y me dieron el número 1708881052. Cuando me presenté en la oficina de personal de ramos mejía lo hice con la voluntad de liquidar todo tipo de deudas con la empresa y en el entendido que con dicho pago ya entinguía todo tipo de vínculo con la misma. No es mi responsabilidad que la empresa haya "olvidado liquidar el iva" o se haya confundido, ya que el consumidor no puede hacerse cargo de las desprolijdades de la misma, y quedar sometido a que la misma decida emitir nuevas liquidaciones aún cuando la deuda ya se había dado por finiquitada en la oportunidad de presentarme en la oficina correspondiente para realizar el pago.

Efectué el reclamo contra la empresa personal en defensa del consumidor nº144464 porque me habían cobrado una factura vencida (me cobraban aparatos bonificados porque me fui de la empresa, también habia hecho el reclamo), y no me emitiron nueva factura, por lo tanto no puedo saber que interés me aplicaron. Ahora me llega una nueva factura porque según me explicaron telefónicamente "se olvidaron de cobrarme el iva". Ante esto dejé sentado en personal el reclamo y me dieron el número 1708881052. Cuando me presenté en la oficina de personal de ramos mejía lo hice con la voluntad de liquidar todo tipo de deudas con la empresa y en el entendido que con dicho pago ya entinguía todo tipo de vínculo con la misma. No es mi responsabilidad que la empresa haya "olvidado liquidar el iva" o se haya confundido, ya que el consumidor no puede hacerse cargo de las desprolijdades de la misma, y quedar sometido a que la misma decida emitir nuevas liquidaciones aún cuando la deuda ya se había dado por finiquitada en la oportunidad de presentarme en la oficina correspondiente para realizar el pago.

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