Me dieron una promoción cuyo cargo era de $[números] por mes. De un m…
Hola, quiero darme de baja, pero no encuentro la forma de darme de baja via web, ya que el alta la di via web, hay una ley que la baja tiene que poder darse del mismo modo.
articulo 10 ter (ley [números]): modos de rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.
la empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario.(artículo incorporado por art. 8° de la ley n° 26.[números] b.o. 7/4/[números])
articulo 10 quáter: prohibición de cobro. Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los servicios públicos domiciliarios, en los casos de solicitud de baja del mismo realizado por el consumidor ya sea en forma personal, telefónica, electrónica o similar.(artículo incorporado por art. 1° de la ley n° 27.[números] b.o. 17/8/[números].)
Hola, quiero darme de baja, pero no encuentro la forma de darme de baja via web, ya que el alta la di via web, hay una ley que la baja tiene que poder darse del mismo modo.
articulo 10 ter (ley [números]): modos de rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.
la empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario.(artículo incorporado por art. 8° de la ley n° 26.[números] b.o. 7/4/[números])
articulo 10 quáter: prohibición de cobro. Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los servicios públicos domiciliarios, en los casos de solicitud de baja del mismo realizado por el consumidor ya sea en forma personal, telefónica, electrónica o similar.(artículo incorporado por art. 1° de la ley n° 27.[números] b.o. 17/8/[números].)
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Hace 3 meses que utilice todas las alternativas para gesrionar la baj…
Buenas tardes, a mi padre de quién soy apoderada le están debitando p…
todos los reclamos hacia Club La Nacion
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El grupo La Nación of…
No se contactaron conmigo. Sigo sin poder darle de baja.
03 de Noviembre a las 22:01 hs.Responder