Samsung Celulares Y Computadoras

Falta de cumplimiento de garantia

El día martes 13/7/[números] compré en “la cooperativa obrera”, ciudad de general roca, un teléfono celular marca samsung, el cual usé con normalidad sin que sufriera ningún golpe o mal trato. El día 5/08/[números] dejó de funcionarle la cámara de fotos. Debido a esta falla, y siendo el celular tan nuevo, me acerque a lugar de venta para hacer valer la garantía, y me proporcionaron los datos de samsung para que me comunique. Inmediatamente me comuniqué vía mails el 10/08/[números], y al día siguiente me respondieron de la empresa samsung solicitándome datos, los cuales envié inmediatamente; el 17 me llega nuevamente un mail de ellos solicitándome fotos y el comprobante, los cuáles a los pocos días envié todo lo que me pidieron. Luego de todo esto no tuve más respuestas, volví a comunicarme vía email reiteradas veces y no me contestaron más.
la finalidad de mi reclamo es exigir una respuesta y hacer valer mi garantía de compra, amparándome en la ley 24.[números] de defensa del consumidor, en los siguientes artículos:
articulo 11. — garantías. Cuando se comercialicen cosas muebles de consumo durable el consumidor y los sucesivos adquirentes tienen garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado o su correcto funcionamiento.
“articulo 12. — servicio técnico. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas mencionadas en el artículo anterior, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.”
en caso de no obtener respuesta, iniciaré acciones por las vías formales de reclamo, ya que la ley es clara en el capítulo de “cosas muebles no consumibles”, concepto que comprende justamente a los teléfonos celulares y que centra las cuestiones en los vicios, defectos o roturas que puedan presentar estas cosas y el consiguiente deber del proveedor de reparar o reemplazar el bien.
federico gomenzoro (part 1)

El día martes 13/7/[números] compré en “la cooperativa obrera”, ciudad de general roca, un teléfono celular marca samsung, el cual usé con normalidad sin que sufriera ningún golpe o mal trato. El día 5/08/[números] dejó de funcionarle la cámara de fotos. Debido a esta falla, y siendo el celular tan nuevo, me acerque a lugar de venta para hacer valer la garantía, y me proporcionaron los datos de samsung para que me comunique. Inmediatamente me comuniqué vía mails el 10/08/[números], y al día siguiente me respondieron de la empresa samsung solicitándome datos, los cuales envié inmediatamente; el 17 me llega nuevamente un mail de ellos solicitándome fotos y el comprobante, los cuáles a los pocos días envié todo lo que me pidieron. Luego de todo esto no tuve más respuestas, volví a comunicarme vía email reiteradas veces y no me contestaron más.
la finalidad de mi reclamo es exigir una respuesta y hacer valer mi garantía de compra, amparándome en la ley 24.[números] de defensa del consumidor, en los siguientes artículos:
articulo 11. — garantías. Cuando se comercialicen cosas muebles de consumo durable el consumidor y los sucesivos adquirentes tienen garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado o su correcto funcionamiento.
“articulo 12. — servicio técnico. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas mencionadas en el artículo anterior, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.”
en caso de no obtener respuesta, iniciaré acciones por las vías formales de reclamo, ya que la ley es clara en el capítulo de “cosas muebles no consumibles”, concepto que comprende justamente a los teléfonos celulares y que centra las cuestiones en los vicios, defectos o roturas que puedan presentar estas cosas y el consiguiente deber del proveedor de reparar o reemplazar el bien.
federico gomenzoro (part 1)

Federico S 

En caso de no obtener respuesta, iniciaré acciones por las vías formales de reclamo, ya que la ley es clara en el capítulo de “Cosas Muebles no consumibles”, concepto que comprende justamente a los teléfonos celulares y que centra las cuestiones en los vicios, defectos o roturas que puedan presentar estas cosas y el consiguiente deber del proveedor de reparar o reemplazar el bien.
Espero una respuesta para ver como proseguir y poder solucionar este reclamo de la manera más rápida.
Federico Sebastián Gomenzoro

05 de Setiembre a las 12:55 hs.Responder
Federico S  Solución rechazada: 

Aun no fue solucionado, Samsung se lavo las manos con la garantía, no me respondio MAS LOS MENSAJES

06 de Octubre a las 10:10 hs.Responder

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