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Art 11lau mal aplicado para no devolver fianza

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Art 11lau mal aplicado para no devolver fianza

Después de 11 meses pagando reglamentariamente, por motivos de trabajo me tuve que trasladar desde gran canaria a la península. Mi alquiler lo gestionó rosario bolaños en telde, gran canaria. Habiendo avisado en noviembre 2018 de mi traslado, sin indicar fecha exacta porque yo tampoco lo sabía, sólo que sería entre la última semana de enero 2019 y la primera de febrero 2019 e incluso dando permiso al casero para ir enseñando el piso, al final en eneroe confirmaron que sería el 5 de febrero 2019 y el casero no quería devolverme la fianza de su casa en tara porque no le di el día exacto, con un plazo de un mes. Después anduvo negociando gastos, un día era un importe, otro día otro... Mintiendo diciendo que ya había pintado, después que no lo había hecho, después que lo iba a hacer su padre jubilado y también iba a cobrar... Teniendo en cuenta que solo viví allí dos meses y estuve el resto en la península, poco pudo haberse manchado. Al final el casero decidió que la inmobiliaria decidiera y aplicaron el art 11lau, lo que pasa es que ese artículo supone una indemnización del importe de la fianza por año sin cumplir y la diferencia prorrateado. La de la inmobiliaria primero me dice que el casero juan no me tiene que devolver nada aplicando este artículo hasta que le explicó bien lo antes mencionado, por lo que no puede quedarse con la fianza sino por la parte prorrateada. En el último mensaje del viernes ya me dice rosario que cuánto me debería abonar el casero... Hemos pasado de no pagar a negociar importe.... Vergonzoso. Lo peor es que se le escribe a la inmobiliaria y no tiene a bien responder. Si no obtengo una respuesta esta semana, me veré obligada a tomar medidas legales.

Después de 11 meses pagando reglamentariamente, por motivos de trabajo me tuve que trasladar desde gran canaria a la península. Mi alquiler lo gestionó rosario bolaños en telde, gran canaria. Habiendo avisado en noviembre 2018 de mi traslado, sin indicar fecha exacta porque yo tampoco lo sabía, sólo que sería entre la última semana de enero 2019 y la primera de febrero 2019 e incluso dando permiso al casero para ir enseñando el piso, al final en eneroe confirmaron que sería el 5 de febrero 2019 y el casero no quería devolverme la fianza de su casa en tara porque no le di el día exacto, con un plazo de un mes. Después anduvo negociando gastos, un día era un importe, otro día otro... Mintiendo diciendo que ya había pintado, después que no lo había hecho, después que lo iba a hacer su padre jubilado y también iba a cobrar... Teniendo en cuenta que solo viví allí dos meses y estuve el resto en la península, poco pudo haberse manchado. Al final el casero decidió que la inmobiliaria decidiera y aplicaron el art 11lau, lo que pasa es que ese artículo supone una indemnización del importe de la fianza por año sin cumplir y la diferencia prorrateado. La de la inmobiliaria primero me dice que el casero juan no me tiene que devolver nada aplicando este artículo hasta que le explicó bien lo antes mencionado, por lo que no puede quedarse con la fianza sino por la parte prorrateada. En el último mensaje del viernes ya me dice rosario que cuánto me debería abonar el casero... Hemos pasado de no pagar a negociar importe.... Vergonzoso. Lo peor es que se le escribe a la inmobiliaria y no tiene a bien responder. Si no obtengo una respuesta esta semana, me veré obligada a tomar medidas legales.

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