Osde

Osde quita servicios unilateralmente incumpliendo su contrato con el socio

Necesito hacer un estudio de vitamina D. Veo que la Empresa no sólo quitó la posibilidad de realizarlo según criterio médico, sino que tampoco lo ha implementado por año calendario. Osde puede no ofrecer el servicio como era antes, a quienes contraten la obra social a partir del momento de la nueva disposición. Pero Osde no puede quitar un servicio ofrecido y aceptado por el socio o cliente, pues estaría incurriendo en un delito: ofrece, contrata, y cobra por un determinado servicio para luego brindar otro disminuído en su calidad o diferente al contratado. Sin importar lo que diga la "letra chica", Osde incumple con lo contratado, y por lo tanto es pasible a tener que enfrentar un reclamo formal realizado ante la justicia, pues la Empresa ofrece y el socio contrata. Esta modificación unilateral, es un claro incumplimiento al contrato realizado entre la Empresa y el socio al momento de contratar el servicio. Por lo tranto, deberíamos recordar que hay un dicho que dice: "no se queje si no se queja formalmente". Nada va a ocurrir, si el socio no reclama por sus derechos ya adquiridos por contrato. El modo real y conducente, es la Justicia. No realizarlo es permitir el manoseo indiscriminado de la empresa por sobre sus socios y o clientes.
Por lo tanto, solicito a Osde revierta esta decisión para con los socios preexistentes.
Muchas gracias

Necesito hacer un estudio de vitamina D. Veo que la Empresa no sólo quitó la posibilidad de realizarlo según criterio médico, sino que tampoco lo ha implementado por año calendario. Osde puede no ofrecer el servicio como era antes, a quienes contraten la obra social a partir del momento de la nueva disposición. Pero Osde no puede quitar un servicio ofrecido y aceptado por el socio o cliente, pues estaría incurriendo en un delito: ofrece, contrata, y cobra por un determinado servicio para luego brindar otro disminuído en su calidad o diferente al contratado. Sin importar lo que diga la "letra chica", Osde incumple con lo contratado, y por lo tanto es pasible a tener que enfrentar un reclamo formal realizado ante la justicia, pues la Empresa ofrece y el socio contrata. Esta modificación unilateral, es un claro incumplimiento al contrato realizado entre la Empresa y el socio al momento de contratar el servicio. Por lo tranto, deberíamos recordar que hay un dicho que dice: "no se queje si no se queja formalmente". Nada va a ocurrir, si el socio no reclama por sus derechos ya adquiridos por contrato. El modo real y conducente, es la Justicia. No realizarlo es permitir el manoseo indiscriminado de la empresa por sobre sus socios y o clientes. Por lo tanto, solicito a Osde revierta esta decisión para con los socios preexistentes. Muchas gracias
Carlos M  solución recibida: 

Fui a Osde, presenté una nota y resolvió mi reclamo.

11 de Noviembre a las 10:56 hs.

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