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Estafa de una compra por internet

Buenas tardes el día de ayer compre entradas para los guns y al finalizar la compra me di cuenta q confundi el estadio. rápidamente compré las correctas pretendiendo cancelar las incorrectas. Me dicen por teléfono q no se pueden dar de baja. Las compre ayer y aun ni las retire. Solicitó la baja de la operacion: wev3254218

lo antes posible antes que me venga a pagar en la visa

la legislación ha previsto en forma específica tu caso, durante 10 días podes arrepentirte de la compra realizada, y solicitar la devolución de lo pagado, y que pasen a retirar el producto comprado a su costo.
recuerde que la garantía legal y la obligación de tener servicio y partes de los productos comprados por este tipo de venta es la misma que en cualquier compra.

si ha pasado los 10 días, podés reclamar igualmente siguendo estos pasos.

indemnizacion:el art. 40 bis de la ldc dispone que todos los daños y perjuicios que tenga el consumidor, serán indemnizados hasta un monto de casí $ 8.300 (pesos ocho mil trecientos). En la vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio. En el caso de ir a juicio, dicha suma se tomará a cuenta de lo que disponga como indemnización el juez.

legislación aplicable:

ley 24.240

Buenas tardes el día de ayer compre entradas para los guns y al finalizar la compra me di cuenta q confundi el estadio. rápidamente compré las correctas pretendiendo cancelar las incorrectas. Me dicen por teléfono q no se pueden dar de baja. Las compre ayer y aun ni las retire. Solicitó la baja de la operacion: wev3254218 lo antes posible antes que me venga a pagar en la visa la legislación ha previsto en forma específica tu caso, durante 10 días podes arrepentirte de la compra realizada, y solicitar la devolución de lo pagado, y que pasen a retirar el producto comprado a su costo. recuerde que la garantía legal y la obligación de tener servicio y partes de los productos comprados por este tipo de venta es la misma que en cualquier compra. si ha pasado los 10 días, podés reclamar igualmente siguendo estos pasos. indemnizacion:el art. 40 bis de la ldc dispone que todos los daños y perjuicios que tenga el consumidor, serán indemnizados hasta un monto de casí $ 8.300 (pesos ocho mil trecientos). En la vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio. En el caso de ir a juicio, dicha suma se tomará a cuenta de lo que disponga como indemnización el juez. legislación aplicable: ley 24.240

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