Me contate con ellos para que me ayuden a salir del veraz les pagué e…
Contrate a esta empresa para q haga un descargo y rectificación de datos, pero una vez realizado el pago, no respondieron mas a mis consultas.
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Me ofrecieron borrarme de deudores del banco central si necesidad de …
Hace mas de 4 meses me ofreciero un servicio del cual nunca cumplier…
Estimado/a, desde el departamento de Atención al Cliente de Estrategia Crediticia procedemos a dar respuesta a su reclamo:
02 de Febrero a las 18:38 hs.ResponderDesmentimos categóricamente que no haya respuesta. Su trámite de descargo y rectificación de datos fue ingresado en nuestro sistema legal el día que abonó el total de lo acordado.
Como se estipula en nuestros términos y condiciones, los trámites ante las centrales de riesgo tienen un periodo de ejecución de 7 días hábiles para la emisión de comprobantes y un plazo de actualización visual posterior.
Es posible que la documentación enviada haya ingresado en su carpeta de Correo No Deseado (SPAM) o que haya habido una demora administrativa en la carga del PDF. Si su plazo de 7 días hábiles ya se cumplió, el informe se encuentra disponible.
Para mayor fluidez, recordamos que, una vez iniciado el trámite técnico, las consultas se canalizan a través de nuestro sector de Atención al Cliente/Legales.
En el transcurso de las próximas horas, un asesor se contactará con usted por vía privada.
Atentamente, Atención al Cliente | Estrategia Crediticia
Me acaban de escribir desde estrategia Crediticia diciendo que ponga como que el reclamo se solucionó y a cambio me envían toda la documentación del supuesto trámite realizado. Esto es todo una ******. Ellos me habían dicho q una vez realizado el pago, en 5 días hábiles finalizaban El trámite, y una vez que les pagué dejaron de responder y mi situación crediticia sigue estando igual. No cumplieron ni con el trámite para lo q los contraté, ni en enviarme pruebas del trabajo o trámite realizado... tengo captura de pantalla de todo.
02 de Febrero a las 19:12 hs.Estimado Jerónimo, lamentamos que exista una interpretación errónea de nuestra comunicación. Procedemos a aclarar los puntos para su tranquilidad y la de la comunidad: Queremos informar al usuario que nuestra plataforma de gestión legal opera con un sistema de emisión automatizada. Cuando un cliente inicia un reclamo en un portal externo, el sistema detecta una 'dis**** activa' y, por protocolo de seguridad y auditoría, bloquea automáticamente la emisión de informes y certificados.
03 de Febrero a las 16:12 hs.ResponderEste bloqueo impide que el software procese el documento final hasta que la incidencia sea marcada como 'Solucionado'. No se trata de una retención voluntaria de información, sino de un proceso técnico de control de calidad: el sistema no puede dar por finalizado un trámite que el propio cliente informa como 'no resuelto'.
Una vez que el sistema detecte el cierre del reclamo, el informe se liberará y se enviará de forma inmediata a su casilla de correo.
Es necesario realizar una precisión importante sobre los plazos de su gestión, tal como se le informó al momento de la contratación, el plazo técnico para la finalización de los trámites y la emisión de comprobantes es de 7 días hábiles. Dicho plazo venció el día de ayer 02 de febrero. Por lo tanto, si no se hubiera interpuesto el reclamo en la plataforma, el sistema habría procesado y enviado automáticamente su informe y la constancia de rectificación a su correo electrónico durante el día de hoy.
03 de Febrero a las 16:24 hs.ResponderComo le explicamos anteriormente, el reclamo activó un bloqueo de auditoría en su legajo justo en la instancia final de envío. En este momento, su documentación está lista y validada por nuestros profesionales, pero la salida del archivo está supeditada a que el sistema detecte la normalización de su situación administrativa en la plataforma.
Le reiteramos que, una vez marcado el reclamo como 'Solucionado', el sistema liberará de forma inmediata el material que usted está solicitando, el cual ya fue gestionado en tiempo y forma.
Contraté un servicio de “regularización/limpieza de historial crediticio” asegurándome que mi situación sería normalizada en Equifax, Nosis y BCRA.
03 de Febrero a las 16:28 hs.ResponderLuego de pagar, me entregaron únicamente una constancia genérica y por audio indicaron que los “guiones” en los informes significaban deuda aclarada y que el BCRA aún no se había actualizado.
Sin embargo, aboné personalmente informes oficiales de Nosis y Equifax que muestran deuda activa y situación vigente BCRA categoría 5 (irrecuperable), sin ninguna constancia de cancelación o rectificación real.
Asimismo, consulté directamente con Banco Ciudad, quienes informaron que las deudas entraron en mora durante **** y fueron derivadas a estudio entre **** y ****, encontrándose plenamente vigentes y no prescriptas, por lo que no existe posibilidad legal de eliminar registros sin pago o acuerdo formal.
El servicio ofrecido resulta imposible de cumplir y las explicaciones brindadas carecen de sustento técnico, configurando publicidad engañosa y prestación defectuosa del servicio.
Solicito la devolución total del importe abonado.
BUENAS TARDS ESTIMADA, NUESTRO ESTUDIO NO REALIZA LA CANCELACIÓN DE LA DEUDA (PAGO DEL CAPITAL), SINO LA RECTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN CREDITICIA AMPARADA EN LA LEY 25.***. EL OBJETIVO ES QUE EL DATO REFLEJADO SEA EXACTO Y QUE LOS PLAZOS DE CADUCIDAD DE LA INFORMACIÓN (DERECHO AL OLVIDO) SE CUMPLAN SEGÚN LO ESTIPULADO POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
03 de Febrero a las 18:38 hs.LOS GUIONES EN LOS REPORTES INDICAN UNA DESVINCULACIÓN DEL DATO NEGATIVO EN EL REGISTRO ACTUAL. TAL COMO EL CLIENTE MENCIONA, EL BCRA TIENE CICLOS DE ACTUALIZACIÓN MENSUAL. QUE EL BANCO CIUDAD INFORME UNA MORA EN **** NO IMPIDE QUE EL DATO PUEDA SER RECTIFICADO SI LA EXPOSICIÓN DEL MISMO EN LAS CENTRALES DE RIESGO EXCEDE LOS PARÁMETROS LEGALES O SI LA FORMA DE REPORTE ES TÉCNICAMENTE IMPUGNABLE.
LAS CENTRALES DE RIESGO PRIVADAS TARDAN EN PROCESAR LAS RECTIFICACIONES LEGALES PRESENTADAS. EL HECHO DE QUE EL CLIENTE HAYA CONSULTADO UN INFORME HOY Y FIGURE DEUDA, NO ANULA LA GESTIÓN REALIZADA, SINO QUE CONFIRMA QUE EL PROCESO DE "LIMPIEZA VISUAL" ESTÁ EN SU ETAPA DE IMPACTO, LA CUAL ES AJENA A LA VOLUNTAD DEL ESTUDIO.
EL SERVICIO HA SIDO EFECTIVAMENTE PRESTADO A TRAVÉS DE LAS PRESENTACIONES LEGALES CORRESPONDIENTES ANTE LOS ENTES. EL SERVICIO BRINDADO ESTIPULA UNA GESTIÓN DE MEDIOS, NO DE RESULTADOS BANCARIOS INMEDIATOS, YA QUE LA CONCESIÓN DE CRÉDITOS ES FACULTAD EXCLUSIVA DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS.
UNA VEZ DEMOSTRADA LA GESTIÓN, EL RECLAMO DE DEVOLUCIÓN CARECERÁ DE SUSTENTO POR SERVICIO EFECTIVAMENTE PRESTADO.
En relación a su respuesta, aclaro:
03 de Febrero a las 19:03 hs.ResponderLa rectificación de datos bajo la Ley 25.*** procede únicamente cuando la información es inexacta, errónea o ilegalmente expuesta, lo cual no ocurre en mi caso, dado que las deudas son reales, vigentes y dentro de los plazos legales de registración, conforme información oficial del Banco Ciudad y de los propios informes de Nosis y Equifax.
El denominado “derecho al olvido” no resulta aplicable a obligaciones en mora iniciadas en ****–**** que no se encuentran prescriptas ni caducadas.
Asimismo, los guiones en reportes no implican desvinculación de deuda, hecho que queda desmentido por la permanencia de montos activos y clasificación vigente categoría 5.
No existe figura legal ni técnica denominada “limpieza visual en proceso”. O el dato se rectifica por ser incorrecto —lo cual no sucede— o permanece informado.
En consecuencia, el servicio ofrecido consistió en gestiones jurídicamente improcedentes para mi situación particular, tornándolo defectuoso e imposible de cumplir en los términos prometidos.
Reitero el reclamo de devolución total del importe abonado, bajo apercibimiento de ampliar el reclamo ante Defensa del Consumidor por publicidad engañosa y servicio ineficaz.
ESTIMADA, HABIÉNDOSE REALIZADO EL ANÁLISIS DEL LEGAJO, LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA Y LA PRESENTACIÓN DE LOS DESCARGOS LEGALES, EL ESTUDIO CONSIDERA QUE EL CONTRATO HA SIDO CUMPLIDO EN SU FASE DE GESTIÓN. NO HABIENDO PUBLICIDAD ENGAÑOSA SINO UNA DIFERENCIA EN LA INTERPRETACIÓN DE LOS ALCANCES DE LA LEY 25.***, SE RECHAZA EL PEDIDO DE DEVOLUCIÓN POR SERVICIO PROFESIONAL EFECTIVAMENTE BRINDADO.
04 de Febrero a las 15:47 hs.Estimado Jerónimo, queremos informar al usuario que nuestra plataforma de gestión legal opera con un sistema de emisión automatizada. Cuando un cliente inicia un reclamo en un portal externo, el sistema detecta un reclamo activo y, por protocolo de seguridad y auditoría, bloquea automáticamente la emisión de informes y certificados.
04 de Febrero a las 15:49 hs.ResponderEste bloqueo impide que el software procese el documento final hasta que la incidencia sea marcada como 'Solucionado'. No se trata de una retención voluntaria de información, sino de un proceso técnico de control de calidad: el sistema no puede dar por finalizado un trámite que el propio cliente informa como 'no resuelto'.
Una vez que el sistema detecte el cierre del reclamo, el informe se liberará y se enviará de forma inmediata a su casilla de correo.