Banco Francés

Acoso del bbva en situacion epidemica local

En carácter de la ley de defensa al consumidor nº 24.[números] que protege contra prácticas abusivas y exige que se garantice a los consumidores un trato digno y equitativo y del art. 8º bis de la ley de defensa al consumidor que expresamente dice que los proveedores de servicios –o quienes actúen en su representación:

“deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”, disponiendo también que: “en los reclamos extrajudiciales de deudas, deberán abstenerse de utilizar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial”.

finalmente este mismo artículo establece en su párrafo final que las conductas abusivas podrán ser sancionadas por los jueces con multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor- que se graduarán por el juez en caso de corresponder, en función de la gravedad del hecho (...)

en consecuencia, mi cliente, el sr. Pablo damian Caruso dni [números], inicia acciones legales por amenazas, injurias, trato indigno y acoso reiterado via telefonica y movil, en caracter de daños morales y psicologicos, teniendo en cuenta que mi cliente es discapacitado mental (dsm iv) a la entidad bancaria bbva frances, por derivar y vender una deuda a gestorias que son ilegales y de propio conocimiento por la entidad bancaria de sus practicas ilegales de abuso contra individuos deudores.

se realizará tambien una intimación de lesa humanidad, por aprovechar la situación de crisis epidémica local para continuar con las amenazas e injurias, mediante gestorias ilegales ante mi cliente.

constancia escrita y firmada en el bcra fecha 10/01/20 y reclamo en defensa al consumidor fecha 13/01/20

dr mauricio adrian silva
-abogado penalista, civil y comercial-
tel: +54 9 [números]
[email protected]

En carácter de la ley de defensa al consumidor nº 24.[números] que protege contra prácticas abusivas y exige que se garantice a los consumidores un trato digno y equitativo y del art. 8º bis de la ley de defensa al consumidor que expresamente dice que los proveedores de servicios –o quienes actúen en su representación:

“deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”, disponiendo también que: “en los reclamos extrajudiciales de deudas, deberán abstenerse de utilizar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial”.

finalmente este mismo artículo establece en su párrafo final que las conductas abusivas podrán ser sancionadas por los jueces con multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor- que se graduarán por el juez en caso de corresponder, en función de la gravedad del hecho (...)

en consecuencia, mi cliente, el sr. Pablo damian Caruso dni [números], inicia acciones legales por amenazas, injurias, trato indigno y acoso reiterado via telefonica y movil, en caracter de daños morales y psicologicos, teniendo en cuenta que mi cliente es discapacitado mental (dsm iv) a la entidad bancaria bbva frances, por derivar y vender una deuda a gestorias que son ilegales y de propio conocimiento por la entidad bancaria de sus practicas ilegales de abuso contra individuos deudores.

se realizará tambien una intimación de lesa humanidad, por aprovechar la situación de crisis epidémica local para continuar con las amenazas e injurias, mediante gestorias ilegales ante mi cliente.

constancia escrita y firmada en el bcra fecha 10/01/20 y reclamo en defensa al consumidor fecha 13/01/20

dr mauricio adrian silva
-abogado penalista, civil y comercial-
tel: +54 9 [números]
[email protected]

Comentario / Propuesta más votada
Silvia P  Solución rechazada:  +1

No dan la cara. Solo mediante gestorias ilegales. Cuando llegue esta situacion a la corte suprema de justicia, no les va a quedar otra que acudir. Lamentable.

28 de Marzo a las 8:00 hs.Responder
Silvia P  Solución rechazada: 

No dan la cara. Solo mediante gestorias ilegales. Cuando llegue esta situacion a la corte suprema de justicia, no les va a quedar otra que acudir. Lamentable.

28 de Marzo a las 8:00 hs.Responder
Silvia P  Solución rechazada: 

No dan la cara: solo cambian de gestoria (truchas). En la corte, la van a tener que dar, asi que nos vemos ahi.

08 de Abril a las 8:39 hs.Responder
Silvia P  Solución rechazada: 

Siguen mandando a sus "sicarios"... Porque no da la cara uno de saquito y corbata?

23 de Abril a las 7:17 hs.Responder
Silvia P 

BBVA FRANCÉS ARGENTINA CONTINÚA HOSTIGAMIENTO AHORA A VECINOS (TERCEROS) EN BÚSQUEDA DEL DEUDOR.

EN MI CASO, EL VECINO EN CUESTIÓN ESTABA TRANSITANDO COVID 19, ASI QUE YA SE HA REALIZADO DENUNCIA PENAL A LA SUPUESTA DRA [nombre], DE RECUPERO INTEGRAL (GESTORÍA ILEGAL DE LA CALLE TALCAHUANO, DONDE ESTAN TODAS LAS "CASUCHAS DE SICARIOS") POR HOSTIGAR A VECINO CON COVID19. MI VECINO INICIO SU PROPIA DENUNCIA PENAL POR ACOSO INDEBIDO E INJUSTIFICADO.

BBVA: SE LES VIENE LA NOCHE.

NADA MAS.

PD: SE SUMO UN NUEVO ESTUDIO JURÍDICO A LA CAUSA.

26 de Agosto a las 18:18 hs.Responder

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