Aysa

Cobro indebido de aysa

He recepcionado nota de aysa,la que no contiene fecha ni firma de autoridad competente,por la que pretende cambiar el sistema de facturación individual a global o única aplicando la ley [números], ya derogada en agosto/[números] por la sanción del ccycn,e incumpliendo los fallos de la corte suprema de los años [números] y [números].en el que se declaro nula la reglamentación de un sistema de medición global y facturación única de agua en los edificios de propiedad horizontal.aysa debe tener en cuenta que la facturación global es improcedente, en edificios ya construidos, que no poseen medidores de agua,esta facturación beneficia a la empresa no al propietario individual, les conviene el pago de una factura única,sobre todo si hay morosos,porque el consorcio siempre paga.desde mi punto de vista esto es un dislate jurídico y no lo debemos aceptar, también en esto quieren nivelar para abajo.el consorcio puede convocar a asamblea para resolver el tema y agotada la instancia administrativa dejar expedita la vía judicial ,conforme ley [números].fundo el derecho de mi parte en los arts. 19 y 42 de la constitución nacional,art.46 de la constitución de la ciudad autonóma de buenos aires y art.8 bis ley [números].
esta decisión de aysa, afectaría a todos, no olvidemos que el principal protagonista de la ph es el consorcista, hay que cuidarlo ,de su bolsillo salen todos los gastos, es la parte más débil de la relación consorcial. Dra. Susana m. Marcoz

He recepcionado nota de aysa,la que no contiene fecha ni firma de autoridad competente,por la que pretende cambiar el sistema de facturación individual a global o única aplicando la ley [números], ya derogada en agosto/[números] por la sanción del ccycn,e incumpliendo los fallos de la corte suprema de los años [números] y [números].en el que se declaro nula la reglamentación de un sistema de medición global y facturación única de agua en los edificios de propiedad horizontal.aysa debe tener en cuenta que la facturación global es improcedente, en edificios ya construidos, que no poseen medidores de agua,esta facturación beneficia a la empresa no al propietario individual, les conviene el pago de una factura única,sobre todo si hay morosos,porque el consorcio siempre paga.desde mi punto de vista esto es un dislate jurídico y no lo debemos aceptar, también en esto quieren nivelar para abajo.el consorcio puede convocar a asamblea para resolver el tema y agotada la instancia administrativa dejar expedita la vía judicial ,conforme ley [números].fundo el derecho de mi parte en los arts. 19 y 42 de la constitución nacional,art.46 de la constitución de la ciudad autonóma de buenos aires y art.8 bis ley [números].
esta decisión de aysa, afectaría a todos, no olvidemos que el principal protagonista de la ph es el consorcista, hay que cuidarlo ,de su bolsillo salen todos los gastos, es la parte más débil de la relación consorcial. Dra. Susana m. Marcoz

Susana M 

Sres Aysa, no pueden ignorar que el Administrador es el representante legal del Consorcio, es un mandatario con facultades limitadas al cumplimiento de las instrucciones emanadas de su mandante y debe actuar dentro de ese limite.

29 de Julio a las 19:39 hs.Responder
Susana M  Solución rechazada: 

Hasta el momento no he recibido respuesta, AYSA no puede ignorar que el Administrador es "el representante legal del consorcio,es un mandatario con facultades limitadas al cumplimiento de las instrucciones emanadas de su mandante. He averiguado ,que en vez de mandar esa nota vetusta(sin fecha,ni firma aplicando ley derogada) a los consorcistas de todos los consorcios, la enviaron a los Administradores.Desde mi punto de vista están enfrentando a los Administradores con los consorcistas. Muchas gracias por preocuparse de este tema, Saludos. Dra.Marcoz

01 de Agosto a las 9:44 hs.Responder
Susana M  Solución rechazada: 

No van a responder porque no tienen argumentos , tienen que saber "que la facturación global es improcedente en edificios ya construido, que no tienen medidores de agua " y pretenden aplicar la ley ***** de PH , ya derogada.
Espero,que los Administradores de Consorcio, a medida que les notifiquen esta medida, actúen de acuerdo a la ley,no olvidarse que son nuestros representantes legales.

28 de Agosto a las 11:56 hs.Responder

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