Hola ya realice el pago, quiero la activacion del servicio
El día jueves 7 de agosto de [números] me comuniqué telefónicamente con su empresa solicitando la baja inmediata del servicio de internet que tengo contratado. Sin embargo, se me informó que no se tomaría la baja si no abonaba la factura correspondiente al período 08/08/[números] al 07/09/[números], lo cual es improcedente e ilegal, dado que:
1. El servicio aún se encontraba dentro del período facturado vigente, por lo que el importe no estaba vencido.
2. Conforme a la resolución Enacom [números]/[números] y la resolución [números]/[números], los prestadores de servicios tic están obligados a gestionar de forma inmediata y sin condicionamientos la baja solicitada por el usuario, independientemente de la existencia de deudas o períodos facturados por adelantado.
3. La ley 24.[números] de defensa del consumidor (art. 10 ter) establece que el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento, y que los proveedores no pueden obstaculizar el trámite ni supeditarlo a requisitos no previstos en la ley.
por lo tanto, intimo a que se procese de forma inmediata la baja del servicio, con fecha efectiva 07/08/[números], conforme lo solicité originalmente.
asimismo, solicito que se me envíe constancia escrita de la baja con la fecha de solicitud y finalización del servicio.
de persistir la negativa, procederé a efectuar la denuncia correspondiente ante enacom y la Dirección Nacional De Defensa Del Consumidor adjuntando grabaciones, capturas y toda documentación que acredite el incumplimiento.
El día jueves 7 de agosto de [números] me comuniqué telefónicamente con su empresa solicitando la baja inmediata del servicio de internet que tengo contratado. Sin embargo, se me informó que no se tomaría la baja si no abonaba la factura correspondiente al período 08/08/[números] al 07/09/[números], lo cual es improcedente e ilegal, dado que:
1. El servicio aún se encontraba dentro del período facturado vigente, por lo que el importe no estaba vencido.
2. Conforme a la resolución Enacom [números]/[números] y la resolución [números]/[números], los prestadores de servicios tic están obligados a gestionar de forma inmediata y sin condicionamientos la baja solicitada por el usuario, independientemente de la existencia de deudas o períodos facturados por adelantado.
3. La ley 24.[números] de defensa del consumidor (art. 10 ter) establece que el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento, y que los proveedores no pueden obstaculizar el trámite ni supeditarlo a requisitos no previstos en la ley.
por lo tanto, intimo a que se procese de forma inmediata la baja del servicio, con fecha efectiva 07/08/[números], conforme lo solicité originalmente.
asimismo, solicito que se me envíe constancia escrita de la baja con la fecha de solicitud y finalización del servicio.
de persistir la negativa, procederé a efectuar la denuncia correspondiente ante enacom y la Dirección Nacional De Defensa Del Consumidor adjuntando grabaciones, capturas y toda documentación que acredite el incumplimiento.
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