Necesito libre de deuda
Intento de estafa, amenazas ,intimidaciones y hostigamiento telefónico con más de 10 números distintos en reiteradas ocasiones "todos actos delictivos"
en cuanto a la ley [números] de defensa al consumidor, se violan los artículos 6 y 14, del derecho básico al consumidor. En el primer apartado, se menciona la adecuada protección contra la publicidad engañosa, los métodos comerciales coercitivos o desleales, y las cláusulas contractuales abusivas eĺn la provisión de productos y la prestación de servicios.
hay muchos casos, pero la gente no reclama porque desconoce que hay figuras legales que las protegen. Las personas que son víctimas de acoso de cobranza, incluso, pueden iniciar un juicio contra estas empresas y pueden pedir un resarcimiento económico por parte de la empresa
multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor- que se graduarán por el juez en caso de corresponder, en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, con un mínimo de pesos cien ($ [números]) y un máximo de pesos cinco millones ($ 5.[números].[números]).
información falsa: se lo intimida informándole que se le pedirá la quiebra, o que se le embargará su sueldo mediante un juicio que ellos en realidad no pueden o no tienen intención de iniciar. También puede suceder que afirmen que ya han iniciado un juicio, cuando no es cierto.
Intento de estafa, amenazas ,intimidaciones y hostigamiento telefónico con más de 10 números distintos en reiteradas ocasiones "todos actos delictivos"
en cuanto a la ley [números] de defensa al consumidor, se violan los artículos 6 y 14, del derecho básico al consumidor. En el primer apartado, se menciona la adecuada protección contra la publicidad engañosa, los métodos comerciales coercitivos o desleales, y las cláusulas contractuales abusivas eĺn la provisión de productos y la prestación de servicios.
hay muchos casos, pero la gente no reclama porque desconoce que hay figuras legales que las protegen. Las personas que son víctimas de acoso de cobranza, incluso, pueden iniciar un juicio contra estas empresas y pueden pedir un resarcimiento económico por parte de la empresa
multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor- que se graduarán por el juez en caso de corresponder, en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, con un mínimo de pesos cien ($ [números]) y un máximo de pesos cinco millones ($ 5.[números].[números]).
información falsa: se lo intimida informándole que se le pedirá la quiebra, o que se le embargará su sueldo mediante un juicio que ellos en realidad no pueden o no tienen intención de iniciar. También puede suceder que afirmen que ya han iniciado un juicio, cuando no es cierto.
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24 de Agosto a las 8:37 hs.Responder