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Intimación formal – devolución de capital y retiros pendientes

A quien corresponda,

por medio de la presente, en mi carácter de inversor de la plataforma, intimo formalmente a la devolución inmediata de mi capital invertido y a la acreditación de los retiros que se encuentran pendientes, actualmente vencidos y fuera del plazo pactado contractualmente.

datos de la inversión:

n de contrato [números], [números], [números], [números] y [números]

retiros pendientes:

usd 1.94
20/01/[números] pendiente

usd 1.94
19/11/[números] pendiente

habiendo transcurrido el plazo acordado sin que se haya cumplido con la devolución correspondiente, los intimo a que en el plazo perentorio e improrrogable de 72 (setenta y dos) horas procedan a:

transferir la totalidad del capital invertido.

acreditar los retiros pendientes.

informar por escrito el estado real y documentado del proyecto, con respaldo contractual.

la falta de cumplimiento dentro del plazo indicado será considerada incumplimiento contractual grave, quedando habilitada la vía administrativa y judicial correspondiente, incluyendo denuncia ante defensa del consumidor, acciones civiles por daños y perjuicios y, de corresponder, denuncia penal.

la presente comunicación constituye notificación fehaciente.

sin otro particular, quedo a la espera de una inmediata solución.

javier salguero
dni: [números]

A quien corresponda,

por medio de la presente, en mi carácter de inversor de la plataforma, intimo formalmente a la devolución inmediata de mi capital invertido y a la acreditación de los retiros que se encuentran pendientes, actualmente vencidos y fuera del plazo pactado contractualmente.

datos de la inversión:

n de contrato [números], [números], [números], [números] y [números]

retiros pendientes:

usd 1.94
20/01/[números] pendiente

usd 1.94
19/11/[números] pendiente

habiendo transcurrido el plazo acordado sin que se haya cumplido con la devolución correspondiente, los intimo a que en el plazo perentorio e improrrogable de 72 (setenta y dos) horas procedan a:

transferir la totalidad del capital invertido.

acreditar los retiros pendientes.

informar por escrito el estado real y documentado del proyecto, con respaldo contractual.

la falta de cumplimiento dentro del plazo indicado será considerada incumplimiento contractual grave, quedando habilitada la vía administrativa y judicial correspondiente, incluyendo denuncia ante defensa del consumidor, acciones civiles por daños y perjuicios y, de corresponder, denuncia penal.

la presente comunicación constituye notificación fehaciente.

sin otro particular, quedo a la espera de una inmediata solución.

javier salguero
dni: [números]

Diego 

Funciono ? te devolvieorn la plata?

07 de Mayo a las 17:14 hs.Responder
JAVIER S 

RESPONDIERON: corresponde aclarar que, conforme surge de los términos y condiciones suscriptos en cada caso, la restitución del capital no opera de manera automática por el mero transcurso del tiempo, sino que se encuentra sujeta a los mecanismos y condiciones expresamente establecidos en cada contrato.

En los productos vinculados a desarrollo y posterior venta de unidades funcionales, la devolución del capital se encuentra contractualmente supeditada a la efectiva concreción de la venta del inmueble correspondiente. A la fecha, dichas operaciones no han sido formalizadas, por lo que no se ha configurado el supuesto contractual que habilita la restitución del capital.

Los plazos informados en cada proyecto tienen carácter estimativo y contemplan la dinámica propia del mercado inmobiliario, circunstancia reconocida expresamente en los acuerdos suscriptos.

En relación con los montos indicados como retiros pendientes los mismos corresponden a acreditaciones de renta y se encuentran en proceso de regularización operativa.

En consecuencia, no se verifica al presente incumplimiento contractual en los términos indicados en su comunicación.

07 de Mayo a las 21:32 hs.Responder

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