Nunca tuve inconvenientes, a partir de marzo [números], cambio todo, …
La policia caminera de la Pcia de Cordoba , me aplico injustamente , en abril del [números] , a las 14 30 hs ( aprox. ) , una infraccion en cruce rural y Rta Nac . N*7 , que no correspondia , ya que no he violado ninguna norma de transito , como se lo explique en buenos terminos , al policia y a la negativa del mismo ( agente ) de su proceder de forma arbitraria " la apele en el momento " , por temeraria , confiscatoria y por claro abuso de autoridad , ademas fue cambiada , la hora ( sospechosamente ) , ya que jamas pase a las 06 02 de la madrugada por ese lugar , .A todo esto se suma el tiempo transcurrido desde que se habría cometido " la supuesta infraccion de tránsito," ( año [números] , 14 de Abril " 5 años " ) Sabido es que se encuentra reconocido por la jurisprudencia y doctrina que es competencia de la legislación de fondo, fijar los plazos de prescripción de las acciones y de las penas, disponiendo el Código Penal en sus artículos 62 y 65 que la acción y la pena por multa prescriben a los dos años.…Tampoco he recibido notificacion alguna para ejercer mi defensa aun habiendo aplicado en tiempo y forma mi derecho a apelacion de la misma ..... " La acción persigue obtener la declaración de inconstitucionalidad de toda norma jurídica o acto de autoridad, y que ello impida la renovación de la licencia de conducir del actor " y con ello se esta perjudicando al denunciante del ejercicio de los derechos constitucionales " , Es por ello que , pido , que se borre de los registros en forma inmediata , ya que como dije jamas cometi esa infracciion .
La policia caminera de la Pcia de Cordoba , me aplico injustamente , en abril del [números] , a las 14 30 hs ( aprox. ) , una infraccion en cruce rural y Rta Nac . N*7 , que no correspondia , ya que no he violado ninguna norma de transito , como se lo explique en buenos terminos , al policia y a la negativa del mismo ( agente ) de su proceder de forma arbitraria " la apele en el momento " , por temeraria , confiscatoria y por claro abuso de autoridad , ademas fue cambiada , la hora ( sospechosamente ) , ya que jamas pase a las 06 02 de la madrugada por ese lugar , .A todo esto se suma el tiempo transcurrido desde que se habría cometido " la supuesta infraccion de tránsito," ( año [números] , 14 de Abril " 5 años " ) Sabido es que se encuentra reconocido por la jurisprudencia y doctrina que es competencia de la legislación de fondo, fijar los plazos de prescripción de las acciones y de las penas, disponiendo el Código Penal en sus artículos 62 y 65 que la acción y la pena por multa prescriben a los dos años.…Tampoco he recibido notificacion alguna para ejercer mi defensa aun habiendo aplicado en tiempo y forma mi derecho a apelacion de la misma ..... " La acción persigue obtener la declaración de inconstitucionalidad de toda norma jurídica o acto de autoridad, y que ello impida la renovación de la licencia de conducir del actor " y con ello se esta perjudicando al denunciante del ejercicio de los derechos constitucionales " , Es por ello que , pido , que se borre de los registros en forma inmediata , ya que como dije jamas cometi esa infracciion .
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El reclamo es por dos autos abandonados en la calle. El lugar es barr…
En la calle congreso [números] y [números]
hay un árbol grande años…
No hubo contestacion alguna
13 de Abril a las 12:08 hs.ResponderNO HAY RESPUESTA
16 de Abril a las 20:20 hs.ResponderNO SOLUCIONADO , NADIE SE COMUNICO , COMO EN ESTOS 5 AÑOS
19 de Abril a las 19:49 hs.ResponderTambien he hecho la denuncia ante el defensor del pueblo de Cordoba , Espero pronta respuesta
19 de Abril a las 20:18 hs.ResponderNO HE TENIDO COMUNICACION NI SOLUCION ALGUNA
24 de Abril a las 11:01 hs.ResponderCOMO SE HA VISTO EN TV DE TODO EL PAIS Y ES VOX POPULI QUE LA POLICIA CAMINERA DE CORDOBA REALIZA MULTAS POR MOTIVOS NO CLAROS O COMO SE VIO EN TV DE TODO EL PAIS ....DONDE UN OFICIAL SUPERIOR A OTRO DE MWENOR RANGO LE DICE CLARAMENTE " HACESELA POR PELOTUD " ......ESA ES LA POLICIA CAMINERA DE CORDOBA , YO NO VOY A PAGAR UNA MULTA POR UNA INFRACCION QUE NO COMETI , SON SOLO MULTAS CON UN FIN CONFISCATORIO Y CLARO ABUSO DE AUTORIDAD
24 de Abril a las 11:08 hs.Respondermi mail batronic*****gmail.com
24 de Abril a las 11:13 hs.Responderbatronic*****gmail.com
24 de Abril a las 11:14 hs.ResponderNO OBTUVE RESPUESTAS PORQUE SEGURAMENTE AL APELARLA EN EL MOMENTO FALSIFICARON MI FIRMA Y LA MULTA , JUSTAMENTE POR ESO LE HAN CAMBIADO LA HORA QUIERO QUE SE ME MUESTRE LA MULTA Y LA APELACION
24 de Abril a las 20:14 hs.Responder