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Hostigamiento a terceros y menores de edad

Quiero denunciar a dicha empresa por hostigamiento indebido a laborales de terceros. El titular se contacto para que envien detalle de la deuda y como esta compuesta y y se negaronsino a dar detalle de la deuda. Lo tomaron como negativa de pago cuando no fue asi y siguieron acosando a terceros que no corresponden ni son codeudores. Les pido que cesen con dichas notificaciones y exhibicion de datos personales ya que esta prohibido por la ley, ya estan denunciados en defensa del consumidor por hostigamiento a menores y a terceras personas en su laboral y a compañeros de trabajo. Según la ley 6.[números] del año [números], queda prohibido

a) reiterar comunicaciones que hostiguen al deudor en mora como método de cobranza;
b) notificar por parte del agente de cobranza en los teléfonos, medios electrónicos y espacios laborales o la comunicación con sus empleadores;
c) enviar misivas postales abiertas, o que aun cerradas quede a la vista de terceros que es un intento de cobro de deuda en mora;
d) enviar misivas postales, comunicaciones telefónicas y/o por medios electrónicos a cualquier persona distinta al deudor;
e) notificar utilizando la apariencia de reclamo judicial;
f) abordar al deudor en lugares públicos con la finalidad de intimidarlo o humillarlo con la exhibición de letreros, pancartas, carteles o cualquier otro elemento relacionado con la reclamación de la deuda;
g) Publicar en sus establecimientos comerciales, páginas de internet o redes sociales o difundir a través de los medios de comunicación nóminas de deudores/as y requerimientos de pago sin mediar orden judicial. Lo anterior no comprende a la información que se proporcione a las bases de datos de antecedentes financieros personales ni a la central de deudores del sistema financiero del banco central de la república argentina;
h) cualquier otra modalidad de gestión de cobro que coloque al deudor moroso en una situación vergonzante, humillante o vejatoria, así como el uso de cualquier medio de coacción.

Quiero denunciar a dicha empresa por hostigamiento indebido a laborales de terceros. El titular se contacto para que envien detalle de la deuda y como esta compuesta y y se negaronsino a dar detalle de la deuda. Lo tomaron como negativa de pago cuando no fue asi y siguieron acosando a terceros que no corresponden ni son codeudores. Les pido que cesen con dichas notificaciones y exhibicion de datos personales ya que esta prohibido por la ley, ya estan denunciados en defensa del consumidor por hostigamiento a menores y a terceras personas en su laboral y a compañeros de trabajo. Según la ley 6.[números] del año [números], queda prohibido

a) reiterar comunicaciones que hostiguen al deudor en mora como método de cobranza;
b) notificar por parte del agente de cobranza en los teléfonos, medios electrónicos y espacios laborales o la comunicación con sus empleadores;
c) enviar misivas postales abiertas, o que aun cerradas quede a la vista de terceros que es un intento de cobro de deuda en mora;
d) enviar misivas postales, comunicaciones telefónicas y/o por medios electrónicos a cualquier persona distinta al deudor;
e) notificar utilizando la apariencia de reclamo judicial;
f) abordar al deudor en lugares públicos con la finalidad de intimidarlo o humillarlo con la exhibición de letreros, pancartas, carteles o cualquier otro elemento relacionado con la reclamación de la deuda;
g) Publicar en sus establecimientos comerciales, páginas de internet o redes sociales o difundir a través de los medios de comunicación nóminas de deudores/as y requerimientos de pago sin mediar orden judicial. Lo anterior no comprende a la información que se proporcione a las bases de datos de antecedentes financieros personales ni a la central de deudores del sistema financiero del banco central de la república argentina;
h) cualquier otra modalidad de gestión de cobro que coloque al deudor moroso en una situación vergonzante, humillante o vejatoria, así como el uso de cualquier medio de coacción.

Cs S  Solución rechazada: 

que dejen de hostigar

22 de Junio a las 6:16 hs.Responder
Cs S  Solución rechazada: 

siguen hostigando a gente que nada tiene que ver

07 de Julio a las 6:32 hs.Responder
Sergio V 

Sarmiento *** 6to piso, C**** Cdad. Autónoma de Buenos Aires, ahi esta su oficina. Deberiamos caerles

01 de Octubre a las 11:26 hs.Responder

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