Estudio Angeloni

Hostigamiento estudio angeloni a cualquier hora

Este estudio me reclama una deuda con c.argentino, estoy al tanto y estoy tratado de conseguir el dinero para cancelarla. Pero me hacen 14 llamadas por días, aveces cada 5 minutos. Molestan a mis contactos del teléfono. Hay una ley que ampara esta practica de tratar de cobrar una deuda comprada hostigando a la gente. Una vez que logre cancelarla haré la denuncia a donde corresponda. Porque ningún tercero tiene que estar soportando llamadas agenas acosándolos. Y con que te lo recuerden cada dos o tres dias esta bien, si debo algo lo tengo bien presente. Ellos compran deudas de otras entidades y pretenden recuperar ese dinero hostigando a cualquiera y de la manera que sea.
por favor no enviar mensajes automaticos a otras personas que nada tienen que ver

ley de defensa al consumidor nº 24.240 protección contra estas prácticas abusivas, exigir que se me garantice como consumidor un trato digno y equitativo. El art. 8º bis de la ley de defensa al consumidor expresamente: los proveedores de servicios –o quienes actúen en su representación-: “deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”, disponiendo también que: “en los reclamos extrajudiciales de deudas, deberán abstenerse de utilizar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial”. Finalmente este mismo artículo establece en su párrafo final que las conductas abusivas podrán ser sancionadas por los jueces con multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor.
intimo a cesar sobre el reclamo de la deuda a terceros (familiares, amigos, empleo etc.) por cualquier vía.

Este estudio me reclama una deuda con c.argentino, estoy al tanto y estoy tratado de conseguir el dinero para cancelarla. Pero me hacen 14 llamadas por días, aveces cada 5 minutos. Molestan a mis contactos del teléfono. Hay una ley que ampara esta practica de tratar de cobrar una deuda comprada hostigando a la gente. Una vez que logre cancelarla haré la denuncia a donde corresponda. Porque ningún tercero tiene que estar soportando llamadas agenas acosándolos. Y con que te lo recuerden cada dos o tres dias esta bien, si debo algo lo tengo bien presente. Ellos compran deudas de otras entidades y pretenden recuperar ese dinero hostigando a cualquiera y de la manera que sea. por favor no enviar mensajes automaticos a otras personas que nada tienen que ver ley de defensa al consumidor nº 24.240 protección contra estas prácticas abusivas, exigir que se me garantice como consumidor un trato digno y equitativo. El art. 8º bis de la ley de defensa al consumidor expresamente: los proveedores de servicios –o quienes actúen en su representación-: “deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”, disponiendo también que: “en los reclamos extrajudiciales de deudas, deberán abstenerse de utilizar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial”. Finalmente este mismo artículo establece en su párrafo final que las conductas abusivas podrán ser sancionadas por los jueces con multas civiles a favor del consumidor –denominadas daños punitivos en el art. 52 bis de la ley de defensa al consumidor. intimo a cesar sobre el reclamo de la deuda a terceros (familiares, amigos, empleo etc.) por cualquier vía.

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