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Reclamo a Creditia

Deuda prescripta, vuelve a figurar en bcra. denuncia legal

Creditia es una empresa que se dedica al recupero de deudas prescriptas y adjudicárselas como propias para luego volver a registrarte como deudor de su propia entidad de manera arbitraria en el bcra. Así es como, en mi caso, me entero luego de violar la ley [números] donde no garantizaron mi privacidad y llamaron a familiares, me entero que nuevamente me registran en la base de datos del bcra. La deuda original, con el bbva ya había sido registrada originalmente, por el tiempo correspondiente y su plazo legal según la ley que nos rige en argentina [números], y había sido suprimida del registro. Cabe destacar, que se amparan de que la deuda sigue existiendo, aun así, la deuda es con la entidad original y fue informada por los plazos legales correspodientes, incurriendo esta empresa en la ilegalidad, adjudicándosela como propia, sin evidencia de la misma. pero, no existe prueba de que mi persona tenga deuda con su entidad y ellos puedan registrarme nuevamente en el bcra como si la deuda antigua fuese nueva pero con ellos, volviéndome a incluir como deudora en la base de datos, dañando mi perfil crediticio, siendo esto un artilugio ilegal, y no existiendo evidencia de contrato entre partes, firmas, ni siquiera medio de contacto. Ante tantas fallas legales, faltas, incumplimientos, hostigamiento, daño y perjuicio, me he visto obligada a iniciar procesos legales a la empresa, ya que con conocimientos de los mismos no hay manera de no hacerlo. Deberán demostrar ahora, el motivo de la inclusión del registro, de la deuda nueva (con ellos), la prueba, y en todo caso, un resarcimiento económico hacia mi persona, por los daños que me han causado al perjudicarme tanto moral como económicamente, además de violar mi intimidad llamando a mis familiares y entorno.

Comentarios
  • Creditia Representante de Creditia

     

    Hola Lucia,

    Creditia ha recibido tu reclamo en Tu Queja Suma.
    Próximamente nos pondremos en contacto por este medio para poder resolver tu inquietud.

    Saludos!
    Departamento de Atención al Cliente

    02 de Setiembre a las 19:10 hs.

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    • Lucia I

       

      Aguardo su respuesta. La deuda que se adjudican, la original, es con el BBVA (TC), prescripta, cuyos plazos ya fueron vencidos según la ley 25.***, su art 47 (tarjetas de crédito), ya que pasaron los tres años desde el ingreso de mora, y durante todo ese período fue registrado, como corresponde en el BCRA, como deuda con la entidad con la que realmente contraje la deuda. Esto, es legal y como corresponde, porque así lo marcan las leyes argentinas, y si bien la deuda continúa existiendo, existe el amparo para borrar el registro del BCRA por el derecho al amparo en la Ley de Protección de datos personales luego de la prescripción de la misma. La malicia existente, ante la reincorporación de la misma deuda, bajo otro concepto, en otro período de tiempo, en su entidad, no es más que un medio malicioso e ilegal, que no solo daña el perfil crediticio, sino que además es incomprobable ante la justicia, no habiendo contratos ni firmas legales que demuestren pactos vinculares entre las partes (empresa-cliente) o deuda directa. Es decir, que recalificar una deuda antigua, que ya figuro y preexistió en el BCRA en la entidad original por el tiempo legal correspondiente, y recalificarla, dándole un nuevo nombre, para obtener un beneficio económico, que no corresponde, no es más que un método de usura, y que además genera un conflicto de todo tipo de índole, perjudicándome no solo a nivel económico, sino moral.
      Se viola además la ley 25.*** art 26 inc 4 de manera casi permanente.

      02 de Setiembre a las 19:57 hs.

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      • Lucia I

         

        Por todo lo anteriormente mencionado, las denuncias correspondientes serán realizadas las denuncias correspondientes, de manera particular y ante el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo del Consejo de la Magistratura de la CABA y de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la CABA , y se solicitará las indemnizaciones ante daños y perjuicios.
        Las veces que me comuniqué telefónicamente, nunca logré hablar con un abogado. Es lamentable que desconozcan los alcances de las leyes que nos rigen.

        02 de Setiembre a las 20:05 hs.

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        • Creditia Representante de Creditia

           

          Buenas tardes Lucia, una vez que el banco cede la cobranza de la deuda pasamos a informarla nosotros y la prescripción es de 5 años. Lo que prescribe es la acción judicial, la deuda no desaparece, simplemente no se puede reclamar judicialmente, saludos.

          03 de Setiembre a las 12:56 hs.

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          • Lucia I

             

            Buenas tardes, quien escribe desconoce de leyes. La prescripción de deudas según la ley argentina ***** art 47 establece que la deuda prescribe a los 3 años quedando a voluntad del deudor el pago de la misma no pudiendo ser sometido el mismo a maneras extorsivas, abusivas, hostigamiento, amenazas etc por la entidad a la que se le debía. La fecha de mora es marzo ****. Tengo prueba donde se me amenaza de embargos (que son instancias y sentencias judiciales) para afectarme psicológicamente y “apretarme”. Esta, es una medida más para hacerlo. Ud, quien me escribe no es letrado, y si lo es estudie, porque cuando le caiga la CD con la intimacion correspondiente deberá justificar esta respuesta donde dice que la deuda de una tarjeta de crédito prescribe a los 5 años y su empresa se encuentra en derecho al daño y perjuicio que me están ocasionando. Guardo este mensaje que me enviaron como una prueba más de falta de información legal y de ilegalidad de su accionar

            03 de Setiembre a las 13:30 hs.

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            • Lucia I

               

              Le recomiendo lea leyes argentinas y protección de datos personales. Han dado con la persona equivocada

              03 de Setiembre a las 13:31 hs.

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              • Lucia I

                 

                Las respuestas de la empresa no están bajo los marcos legales de Argentina. La ley ***** art 47 sobre prescripción de deuda de tarjeta de crédito deja en claro que a los 3 años el deudor tiene la voluntad de pago, no solo vencen los plazos para iniciar cualquier tipo de acción legal, sino que el deudor tiene derecho a no ser hostigado, amenazado, ni perseguido para el pago de la misma. Además la ley de protección de datos personales establece que, una vez pasado este tiempo, se debe borrar de los registros.
                La empresa no solo incumple llamando a familiares (no protege datos), intimida hablando de embargos (instancias legales), sino que como artilugio me registra nuevamente en el BCRA como nueva deuda con nuevo nombre. Obviamente hice la denuncia. Con ellos jamás refinancié nada. Cabe destacar que si uno refinancia los plazos de prescripción se extienden. No es el caso.
                Siendo así, incumplen leyes, tengo pruebas que exceden para demanda

                07 de Setiembre a las 7:14 hs.

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                • Lucia I

                   

                  Debido a daños y perjuicios que me han ocasionado, y a todo lo anteriormente descrito.
                  Los esperaré que se presenten con las pruebas correspondientes, así como yo con las mías: miles de mails, llamadas a mi persona, mensajes, propios y a mi madre enferma que se angustió aún más que yo por esta situación, pasado el plazo de prescripción, a audiencia.
                  Lo único que ellos tienen es una deuda prescrita.
                  Yo daño y perjuicio en toneladas.
                  Deberán por todo este hostigamiento y desconocer de leyes resarcirme económicamente. Y a todo esto, sigo figurando en el BCRA, donde también los denuncie y les solicité que les pidan la documentación que corresponda.

                  07 de Setiembre a las 7:20 hs.

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                  • Creditia Representante de Creditia

                     

                    propuso una solución:

                     

                    Lucia como se le indico anteriormente lo que prescribe es la acción judicial, la deuda no desaparece, simplemente no se puede reclamar judicialmente, saludos.

                    11 de Setiembre a las 16:34 hs.

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                    • Lucia I

                       

                      Claro si, eso es clarísimo, pero también, como les indiqué anteriormente, de todas maneras no puede figurar eternamente en el BCRA por la ley también que veo que desconocen, en necesario que vuelva a citarlas?, usted conoce de leyes?. Es agotador. Relean mi texto y por favor, lean el código civil o asesórense con un abogado, ustedes claramente no lo son. Saludos

                      11 de Setiembre a las 16:52 hs.

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                      • Lucia I

                         

                        Ah y creo que tampoco les quedó claro que las maniobras extorsivas tampoco son legales. Si los reclamos judiciales ya no son pasibles, por qué dicen instancia “pre judiciales”? Por qué hablan de embargo que son sentencias? Por qué llaman a familiares violando leyes? Por qué me contactan incansablemente? Por qué vuelven a ponerme en una base de datos luego de que la entidad primaria ya había decidido quitarme de la misma? Por qué recurren al hostigamiento si tienen tan claro que ya sería una acción voluntaria el pago de la misma?
                        Uds conocen que el registro de la deuda no puede ser eterna una vez prescrita? Conocen que existe algo llamado código civil y leyes? Conocen algo llamado derechos?
                        Bueno, nos vemos en audiencia. Saludos

                        11 de Setiembre a las 16:58 hs.

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                        • Lucia I

                           

                          Ya lo expliqué anteriormente.
                          Que la deuda siga existiendo no hace legal las maniobras extorsivas de la empresa ni que te incluyan en el registro de deudores de manera eterna. Pueden exigirla (a mi), sin divulgar datos, quedando a mi voluntad el pago una vez prescrita como lo está. Lo que hacen es ILEGAL.
                          Ya hice las denuncias donde debía porque estas personas no son abogados, no saben de leyes y responden cualquier cosa. Y me cansaron.

                          18 de Setiembre a las 6:19 hs.

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                          • Creditia Representante de Creditia

                             

                            propuso una solución:

                             

                            Lucia buenos dias, dare aviso al area de cobranzas para que se comunique solo al telefono que dejo en el reclamo. Tenga en cuenta que si no pueden contactarse con usted, llamaran a los telefonos alternativos, saludos.

                            18 de Setiembre a las 11:10 hs.

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