Desde hace una semana el barrendero no pasa por la zona de erezcano y…
Los inspectores de tránsito de alte brown se dedican a retener licencias de conducir por falta de vtv por ej, se amparan en una supuesta ley que en realidad es una ordenanza municipal de dudosa legitimidad ya que va contra una ley de tránsito que es la [números] art 37, la cual dice que no pueden retener un registro de conducir luego de un control y que este debe ser devuelto inmediatamente.
Los inspectores de tránsito de alte brown se dedican a retener licencias de conducir por falta de vtv por ej, se amparan en una supuesta ley que en realidad es una ordenanza municipal de dudosa legitimidad ya que va contra una ley de tránsito que es la [números] art 37, la cual dice que no pueden retener un registro de conducir luego de un control y que este debe ser devuelto inmediatamente.
Ayudá a otros usuarios comentando y proponiendo soluciones
Desde hace una semana el barrendero no pasa por la zona de erezcano y…
El barrio de arzeno solicitamos dos loma de burro en la calle santiag…
Hola buenas tardes quisiera saber como puedo hacer para realizar un r…
Jamás respondieron nada
14 de Julio a las 7:02 hs.ResponderJamás tuve respuesta
25 de Julio a las 7:24 hs.ResponderDe la pagina de la VTV: Por circular sin haber realizado la VTV se retiene la licencia de conducir por 30 días reemplazándola por permiso provisorio y multa de *** a ****UF y por falta de documentación VTV tambien.
19 de Setiembre a las 20:12 hs.ResponderEstudiá leyes ignorante!
05 de Octubre a las 22:56 hs.Bueno, veo que sos muy conocedora de las leyes, pero parece que no sabes leer ni comprender textos. Deberías probar con volver a la primaria.
06 de Octubre a las 8:14 hs.ResponderTe dejo el texto completo del articulo 37 a ver si leyéndolo varias veces te entra en la cabeza:
EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS. Al solo requerimiento de la autoridad
competente se debe presentar la licencia de conductor y demás documentación exigible, la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse sino en los casos que la ley contemple.
De paso, si te quedaste con ganas de aprender más, leete el articulo 77, punto x, sobre faltas graves.
Ahora veamos quien es más ignorante. Que tengas un lindo día.