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Por el presente íntimo a ud plazo 48 hs al cumplimiento del artículo 4 del contrato de transporte aéreo resolución [números]/98; resolución setop 53/76, toda vez que se encuentran obligados al pago de noche de hotel del día 7/2/20 para dos personas con el respectivo traslado desde el aeropuerto hacia el mismo y posterior traslado desde el alojamiento hacia el aeropuerto para abordar el vuelo wj [números], almuerzo, cena, y llamadas telefónicas. Ya que han modificado el vuelo originario en un primero momento para el 8/02/20 a las 14:30 y teniendo contratado la que suscribe un vuelo de conexión a las 19:00 desde foz hacia fortaleza (vuelo la[números]) y que dicha modificación no permite alcanzar dicho vuelo, por lo que terminaron modificando el vuelo fijando como fecha de salida el día 07/02/20 a las 8:00 am todo por su exclusiva responsabilidad.
el constituir una low cost no los exonera del cumplimiento de la legislación vigente en mi país la cual ha sido nombrada en el párrafo que antecede. El incumplimiento de lo que aquí se reclama será objeto de una demanda judicial junto con el reclamo por el resarcimiento de lucro cesante, daño moral y psicológico que toda esta cuestión me está generando. Aguardo su inmediata respuesta.me encuentro representada por la doctora: cintia soledad maio tomo [números] folio [números] c.p.a.c.f. Celular: [números]
atte tatiana maio
dni:[números]
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Solo me dieron una gift card por *** pesos. UNA VERGÜENZA
21 de Enero a las 17:38 hs.Responder