Desconozco compra no la pagare. no piden identificación porq ni fui al comercio

No reconozco una compra en Modo alguno, que me figura en mi tarjeta de crédito visa provincia de bs. As., terminada en 9215 el dia 15.11.2022. No estuve en capital federal de donde parece ser el comercio emisor. Nada adquirí en frabega. Por razones de aplicación de la ley de los derechos de los y las consumidoras 24240, solicito se me anule ese monto, dado que el comercio evidentemente no ha solicitado el dni. Tampoco han tenido en poder mi plástico, no entiendo de qué modo me ha ingresado tal gasto. Solicito respuesta y solución. No lo abonaré. Atte. Dra. Romina lujan d'angelo- abogada por derecho propio. Art. 5 de la ley 5177 de la prov. De buenos aires.
ello bajo apercibimiento de remitir misiva de intimación al comercio y al banco como responsable como cadena de comercialización del servicio sin exclusiones (art. 40 de la lc) e inicio de posteriores acciones judiciales por daños y perjuicios más intereses, donde se deberá acreditar por la carga de la prueba en cabeza de ustedes, el cumplimiento de todos los recaudos para autorizar una compra donde ni siquiera el comercio ha solicitado la identificación de la titular.
atte.

0006732

No reconozco una compra en <a href="/modo">Modo</a> alguno, que me figura en mi tarjeta de crédito visa provincia de bs. As., terminada en 9215 el dia 15.11.2022. No estuve en capital federal de donde parece ser el comercio emisor. Nada adquirí en frabega. Por razones de aplicación de la ley de los derechos de los y las consumidoras 24240, solicito se me anule ese monto, dado que el comercio evidentemente no ha solicitado el dni. Tampoco han tenido en poder mi plástico, no entiendo de qué modo me ha ingresado tal gasto. Solicito respuesta y solución. No lo abonaré. Atte. Dra. Romina lujan d'angelo- abogada por derecho propio. Art. 5 de la ley 5177 de la prov. De buenos aires. ello bajo apercibimiento de remitir misiva de intimación al comercio y al banco como responsable como cadena de comercialización del servicio sin exclusiones (art. 40 de la lc) e inicio de posteriores acciones judiciales por daños y perjuicios más intereses, donde se deberá acreditar por la carga de la prueba en cabeza de ustedes, el cumplimiento de todos los recaudos para autorizar una compra donde ni siquiera el comercio ha solicitado la identificación de la titular. atte. 0006732
romina L  solución recibida: 

Desconoci el consumo y me lo debitaron

07 de Diciembre a las 6:53 hs.

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