Seguros Boston

No cumplen con sus obligaciones y contratos. no recomendables

A) habiendo sufrido un siniestro automotor con un asegurado de boston seguros, generé tal como indica su página web un reclamo como tercero el día 14 de diciembre de 2021. Se adjuntó toda la documentación pertinente
b) la página web no brinda número de seguimiento de trámite, todos los textos son abusivos y arbitrarios con clara intención por parte de la compañía, para no cumplir con sus obligaciones legales y contractuales.
c) la legislación vigente, limita a las compañías aseguradoras un máximo de treinta días para efectuar el pago
d) a efectos de verificar que toda la documentación elevada fuese correcta y suficiente, se enviaron a dicha compañía entre el día 14 y 17 de diciembre de 2021, tres correos electrónicos, con tal consulta; ninguno fue respondido satisfactoriamente.
e) habiendo pasado 27 días del comienzo de gestión y a 3 días del límite para cumplir con sus obligaciones (el día 10 de enero de 2022 según correo electrónico), solicitan como documentación complementaria la “carta de franquicia”, indicando “deberá generar una nueva una solicitud por la web, ingresando todos los archivos solicitados”. Lo cual infringe la normativa vigente en la materia, siendo una conducta unicamente orientada a la demora del cumplimiento de sus obligaciones contractuales/legales, ; sólo sería suficiente el agregado de dicho documento a los ya enviados.
f) de este modo, ya han postergado sus obligaciones 30 días, y el reclamo vuelve al punto a)
g) actualmente está denunciada en la ssn y en estudio legal.

A) habiendo sufrido un siniestro automotor con un asegurado de boston seguros, generé tal como indica su página web un reclamo como tercero el día 14 de diciembre de 2021. Se adjuntó toda la documentación pertinente b) la página web no brinda número de seguimiento de trámite, todos los textos son abusivos y arbitrarios con clara intención por parte de la compañía, para no cumplir con sus obligaciones legales y contractuales. c) la legislación vigente, limita a las compañías aseguradoras un máximo de treinta días para efectuar el pago d) a efectos de verificar que toda la documentación elevada fuese correcta y suficiente, se enviaron a dicha compañía entre el día 14 y 17 de diciembre de 2021, tres correos electrónicos, con tal consulta; ninguno fue respondido satisfactoriamente. e) habiendo pasado 27 días del comienzo de gestión y a 3 días del límite para cumplir con sus obligaciones (el día 10 de enero de 2022 según correo electrónico), solicitan como documentación complementaria la “carta de franquicia”, indicando “deberá generar una nueva una solicitud por la web, ingresando todos los archivos solicitados”. Lo cual infringe la normativa vigente en la materia, siendo una conducta unicamente orientada a la demora del cumplimiento de sus obligaciones contractuales/legales, ; sólo sería suficiente el agregado de dicho documento a los ya enviados. f) de este modo, ya han postergado sus obligaciones 30 días, y el reclamo vuelve al punto a) g) actualmente está denunciada en la ssn y en estudio legal.
Víctor E  Solución rechazada: 

No se han comunicado.

08 de Febrero a las 7:44 hs.Responder
Víctor E  Solución rechazada: 

No se comunican, no brindan una solución.

19 de Febrero a las 12:53 hs.Responder
Víctor E  Solución rechazada: 

Siguen sin comunicarse.

06 de Marzo a las 19:55 hs.Responder
EwsSat 

te entiendo y si empezamos una demanda colectiva, a mi me paso muy parecido a usted

17 de Marzo a las 13:38 hs.Responder

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